RG (DGR) Nº 106/2019 - B.O. 07/11/2019

La Dirección General de Rentas obliga a todas las empresas que tuvieron ingresos superiores a $60 millones en 2018, a inscribirse como agentes de percepción y retención de Tucumán.

Mediante la presente resolución, la D.G.R. designa Agentes de Percepción y de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a aquellos contribuyentes que obtuvieron en el año calendario 2018, ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un monto superior a sesenta millones de pesos ($60.000.000), teniendo en cuenta los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.

Asimismo, indica que tales sujetos deberán solicitar su inscripción hasta el 29 de noviembre de 2019 inclusive, debiendo actuar como tales a partir del 1° de enero de 2020 inclusive.

Cabe tener presente lo señalado anteriormente, en el sentido de que se deben computar los ingresos de todas las jurisdicciones del país. Por tal motivo, imaginamos que muchas empresas de extraña jurisdicción que tienen incorporada la provincia de Tucumán en el Convenio Multilateral, quedarán alcanzadas por la norma, y deberán comenzar a actuar como agentes de retención y percepción de Tucumán (con las complicaciones que esto implica).

 

 

 

 

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