Los agentes de retención y percepción designados en Tucumán podrán comenzar a actuar desde Marzo 2021 Compartir Email Compartir Compartir RG (DGR) Nº 18/2021 - B.O. 27/01/2021La Dirección General de Rentas de Tucumán dispuso que, para los agentes designados por RG 106/2019, no se considerarán como incumplimientos a las omisiones de retener y percibir hasta el 28/02/21. Recordemos que mediante la RG (DGR) 106/2019, se designaron como Agentes de Percepción y de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a aquellos contribuyentes que obtuvieron en el año calendario 2018, ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un monto superior a sesenta millones de pesos ($60.000.000), teniendo en cuenta los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones. Tales sujetos debían empezar a actuar como agentes de retención o percepción a partir del 1° de Febrero de 2020 inclusive. Sin embargo, ahora se dispuso que los agentes de retención o percepción no serán considerados como incursos en incumplimientos, cuando hubieran omitido actuar como tales por el período comprendido entre el 1º de febrero de 2020 y el 28 de febrero de 2021. Javascript is required to use Joomla Social Comments and SharingJoomla module for Social media integration , Joomla Social Comments and Sharing - share and comment on Joomla site to social media: Facebook, Twitter, LinkedI,Vkontakte, Odnoklassniki Powered by OrdaSoft!