RESOLUCION GENERAL (CA) N° 12/2011 - BO 28/12/2011

La Comisión Arbitral dispuso que los contribuyentes incorporados al SICOM deberán utilizar obligatoriamente el sistema de pago electrónico.

Enel año 2009, la RG (CA) N° 5/09 dispuso un sistema optativo de pago electrónico, para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral.

En una primera etapa se realizaba exclusivamente a través de la Red Link, y posteriormente se incorporaron las redes Banelco e Interbanking.

A partir del 01/01/2012, el Sistema de Pago Electrónico será de carácter obligatorio para los contribuyentes SICOM, y optativo para el resto de los contribuyentes de Convenio Multilateral.

 

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