LEY N° 8467 - BO 30/12/11
La nueva Ley Impositiva, aplicable a partir del año 2012, incrementó un 50% el importe mínimo mensual general del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. También se incrementaron los mínimos para actividades específicas.
A partir del 01/01/2012, el impuesto mínimo mensual pasará de $ 33,22 a $ 50.
Cabe destacar que este importe también tiene sus consecuencias en la graduación de las sanciones. Por ejemplo, el primer párrafo del art. 82 del Código Fiscal se refiere a las multas por incumplimiento a los deberes formales, disponiendo que multas graduables entre 3 y 75 veces el impuesto mensual mínimo general establecido para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Las multas pueden llegar hasta 610 veces el impuesto mínimo mensual cuando el incumplimiento se refiera a los regímenes generales de información de terceros.
Asimismo, a continuación exponemos los cambios que sufrieron los importes mínimos aplicables a actividades específicas:
Actividad | Nuevo mínimo | Mínimo anterior |
Alojamientos por hora - Cat "A" | $ 600 (por hab) | $ 100 |
Alojamientos por hora - Cat "B" | $ 420 (por hab) | $ 70 |
Alojamientos por hora - Cat "C" | $ 200 (por hab) | $ 32 |
Playas de estacionamiento y garajes | $ 8 (por espacio) | $ 1,57 |
Cabaret y similares | $ 4.000 | $ 626,98 |
Salones de baile, discotecas | $ 18 (por persona habilitada por m2) | $ 313,49 (mensual) |
Juegos de salón | $ 40 (por cada juego) | $ 6,79 |
Juegos electrónicos | $ 100 (por máquina) | $ 21,15 |
Por otro lado, en relación al Impuesto de Sellos, destacamos que se establecieron las siguientes alícuotas específicas:
- Contratos de aprovisionamiento o suministro: 1,5%
- Contratos de leasing que no versen sobre bienes inmuebles: 2%
- Constitución de derechos reales sobre bienes inmuebles, sus ampliaciones y prórrogas: 2%
- Contratos de leasing inmobiliario: 2%
Finalmente, en relación al Impuesto para la Salud Pública, se establecen las siguientes alícuotas especiales:
- Sector agrícola cañero o industrial azucarero: 1,25%
- Call center o contact center o web hosting: 1,5% (en las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo vía reglamentación)