DECRETO N° 1/2012 - BO 06/01/2012
El Gobierno rebajó a $ 150.000 el valor (antes de impuestos) a partir del cual los automotores estarán alcanzados por Impuestos Internos.
Hasta ahora, el gravamen se aplicaba únicamente para las operaciones de venta antes de impuestos superiores a $ 212.500.
Por la presente modificación, se dispuso la ampliación del universo de autos que estarán gravados por impuestos internos. Ahora estarán alcanzados por impuestos internos los coches cuyo importe supere los $ 150.000, a la alícuota del 12,5% para los gasoleros y 10% para los nafteros.
Asimismo, se reduce de $ 25.000 a $ 22.000 el monto a partir del cual deben tributar los motociclos y velocípedos con motor. Igual tratamiento tendrán las embarcaciones para recreo o deportes.
Las modificaciones comentadas tendrán vigencia durante el año 2012.