RG (AFIP) Nº 4444 (B.O. 28/03/19)
La AFIP introduce modificaciones a las normas de facturación.
Facturación a consumidores finales
A partir del 02/05/2019, se tendrán en cuenta estos montos a partir de los cuales se debe identificar al comprador (CUIT, CUIL o DNI):
- Si el pago de la factura se efectúa por algún medio electrónico autorizado (tarjetas de crédito, débito, etc): $ 10.000
- Otros medios de pago: $ 5.000
Los citados importes serán actualizados semestralmente, en los meses de enero y julio.
Emisión de remitos o guías
Cuando el importe de la operación es igual o superior a $ 10.000, se debe identificar al destinatario de los bienes (CUIT, CUIL o DNI, apellido y nombres, domiciilio). En el caso de operaciones con consumidores finales, bastará consignar CUIT, CUIL o DNI.
Controladores fiscales que solamente emiten tique
Quienes empleen estos controladores fiscales, deberán utilizar facturas electrónicas, cuando realicen las siguientes operaciones en forma excepcional con los siguientes sujetos:
- Responsables inscriptos, exentos o no alcanzados en IVA
- Consumidores finales por un importe superior a $ 10.000
- Monotributistas
Controladores fiscales de "vieja tecnología"
Quienes cuenten con estos controladores fiscales, y deban emitir una nota de crédito, podrán hacerlo en forma electrónica
Emisión de comprobantes "manuales"
Sólo podrá utilizarse este método para los casos excepcionales de emisión (contingencia)
Sujetos que cuentan con controladores fiscales de "nueva tecnología"
Deberán generar e informar a la AFIP los siguientes reportes:
- Resumen de totales
- Reporte de duplicados electrónicos de comprobantes A, A con leyenda y M.
Estos reportes se deberán presentar en forma mensual (monotributistas), y semanal (inscriptos o exentos en IVA).
Reemplazo de los equipos de "vieja tecnología" a "nueva tecnología"
Se oficializa la prórroga para la comercialización de controladores fiscales de vieja tecnología y la posibilidad de recambiar las memorias de dichos equipos hasta el 31/8/2019. Con posterioridad al 31/8/2019, solo se podrá recambiar la memoria por fallas técnicas de equipos de vieja tecnología cuya fecha de adquisición no posea más de un año de antigüedad.
Asimismo, los equipos de vieja tecnología podrán ser utilizados hasta el 31/5/2021 si se poseen 11 equipos o más, hasta el 31/7/2021 si se poseen entre 2 y 10 equipos, y hasta el 30/9/2021 en el caso de un solo equipo.
Validación del receptor de una factura electrónica "A"
Si al momento de solicitarse el CAE para la emisión de una factura tipo A la AFIP constatara determinadas inconsistencias por parte del receptor del comprobante, asignará un CAE junto con un código que identificará las irregularidades observadas, y el IVA discriminado en dicho comprobante no podrá computarse como crédito fiscal.