RESOLUCION GENERAL (DGR) N° 69/13 - BO 04/12/2013

La Dirección General de Rentas dispuso que la Provincia de Tucumán pasa a revestir el carácter de jurisdicción no adherida al SIRCAR, a partir del año calendario 2014.

En el año 2002, la Comisión Arbitral puso en marcha un sistema denominado SIRCAR, para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones a los agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, que tributan en varias jurisdicciones. En efecto, tales contribuyentes deben actuar como responsables sustitutos de varios fiscos simultáneamente y, en algunas oportunidades, para más de un régimen a la vez. Se aplican entonces alícuotas diferentes, distintas formas de presentación, vencimientos que no coinciden, muchas bocas recaudadoras, tantos lugares de presentación como fiscos involucrados.

De esta manera, se buscaba coordinar los procedimientos y armonizar las normas reglamentarias entre fiscos de un mismo nivel de gobierno, unificando los aspectos formales de la presentación y la fecha de vencimiento. Además, se habilitó una sede única de pago, sin importar cuál sea la jurisdicción de destino de los fondos.

La Provincia de Tucumán adhirió al sistema SIRCAR mediante Resolución General N° 29/02, con vigencia a partir del 01/03/2002.

Sin embargo, ahora la RG (DGR) 69/13 dispuso que "por razones de oportunidad, mérito, conveniencia y de administración tributaria aconsejan dejar sin efecto ... la obligación de utilizar el aplicativo denominado SIRCAR".

Esta situación provocará una mayor carga administrativa para las empresas que venían utilizando este sistema, ya que a partir de Febrero 2014 deberán efectuar las presentaciones y pagos aplicando las normas locales vigentes en Tucumán.