Rentas de Tucumán implementa la fiscalización electrónica - RG 132 Compartir Email Compartir Compartir RG Nº 132/20 - BO 18/11/2020 La D.G.R. de Tucumán implementa un procedimiento de fiscalización electrónica, que no implicará una verificación presencial de la documentación. ¿Cómo será el proceso de fiscalización? El proceso se iniciará mediante el formulario de notificación de inicio de inspección N° 6004/E, que será notificado en el Domicilio Fiscal Electrónico. Las notificaciones por el desarrollo de las tareas de fiscalización electrónica serán efectuadas en los domicilios fiscales electrónicos. Cumplimiento de requerimientos • El contribuyente deberá ingresar mediante el link denominado Servicios con Clave Fiscal, al servicio Fiscalización Electrónica, que se encuentra disponible en el sitio web www.rentastucuman.gob.ar. • En caso que le fuera requerido el aporte de prueba documental, la misma deberá ser adjuntada como archivo digital, en el formato que indique la inspección actuante, en el campo habilitado a tal efecto. • El plazo fijado para que el contribuyente y/o responsable dé cumplimiento a los requerimientos será de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. Este plazo podrá ser prorrogado por única vez por el término que disponga la inspección actuante, solo si fuere solicitado por el contribuyente y/o responsable a través del servicio Fiscalización Electrónica. • La presentación de los datos se efectuará a través de la página web en el servicio habilitado a tal efecto, emitiéndose un acuse de recibo que acreditará su presentación. • Si el día de vencimiento se encuentre inoperativo el sistema por desperfectos técnicos, y los mismos fueran expresamente reconocidos por la D.G.R., la respuesta a dicho requerimiento se considerará cumplida en término el día siguiente hábil administrativo. Sin perjuicio de lo indicado, la D.G.R. podrá exigir con carácter excepcional que la presentación de la documentación y/o información requerida se cumplimente a través de otros medios. Conclusión del procedimiento • La D.G.R. indicará las inconsistencias o desvíos detectados, los períodos involucrados con sus respectivos montos de diferencias, la metodología para su cálculo y el importe de anticipo o impuesto estimado, de corresponder. • Se notificará el formulario de notificación de finalización de inspección N° 6009/E (F. 6009/E). Javascript is required to use Joomla Social Comments and SharingJoomla module for Social media integration , Joomla Social Comments and Sharing - share and comment on Joomla site to social media: Facebook, Twitter, LinkedI,Vkontakte, Odnoklassniki Powered by OrdaSoft!